Brasil reduce impuestos a la importación de leche y otros productos lácteos

El Gobierno Federal decidió el lunes pasado reducir otro 10% las tasas del Impuesto de Importación sobre 6.195 fracciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).

La medida afecta directamente al sector lácteo, pues abarca bienes como la leche UHT; Leche; crema agria (crema); yogur ; mantequilla _ esparcidor para productos lácteos; mantequilla aceite de mantequilla; queso rallado o en polvo de cualquier tipo; quesos mohosos (azules) y otros quesos con vetas obtenidos con Penicillium roqueforti; entre otros rubros lácteos, además de frijoles, carnes, pastas, galletas, arroz, materiales de construcción, entre otros del Arancel Externo Común (TEC) del bloque. La excepción es únicamente el queso mozzarella, cuya exención arancelaria fue revocada tras presiones de entidades del sector lácteo.

El objetivo del Gobierno es paliar las negativas consecuencias económicas derivadas del Covid-19 y la guerra en Ucrania -principalmente el alto costo de vida de la población de bajos ingresos y el aumento del costo de las empresas que consumen estos insumos en la producción y comercialización de bienes.

“La medida de hoy, sumada a la reducción del 10% ya realizada el año pasado, acerca el nivel arancelario brasileño al promedio internacional y, en particular, a los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Sin dejar de lado las necesidades de adaptación del sector productivo, el Gobierno Federal ha impulsado, de forma gradual y paralela a las medidas de reducción del Costo Brasil -como la reciente reducción del Impuesto sobre Productos Industrializados (IPI)-, una mayor inserción internacional de la economía brasileña. Es importante resaltar que, desde 1994, cuando fue creado, el TEC nunca había sido objeto de una revisión integral”, destacó el secretario de Comercio Exterior, Lucas Ferraz.

La reducción del impuesto a la importación de leche y otros productos lácteos tiene carácter temporal y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. La medida se encuentra contenida en la Resolución N° 353, publicada en el Diario Oficial de la Federación por la Comisión Ejecutiva de Dirección de la Cámara de Comercio Exterior, Ministerio de Economía, y entrará en vigor a partir del 1 de junio de este año.

 

Fuente: Todo Agro

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