La Cámara Nacional Electoral reiteró la prohibición de difundir encuestas, bocas de urna y proyecciones hasta tres horas después de cerrado el acto electoral.
Con vistas a las PASO del domingo próximo, el tribunal con competencia electoral nacional notificó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) a fin de que se de “estricto cumplimiento” a la prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado durante los comicios y hasta tres horas después de cerrado el acto.
La Cámara invocó la vigencia del artículo 71, inciso H, del Código Electoral Nacional, que establece taxativamente esa prohibición a los medios de comunicación.
Simultáneamente, el tribunal pidió a los jueces federales con competencia electoral de cada distrito para instruyan a las respectivas Secretarías Electorales para notifiquen a los partidos políticos “ante el faltante de boletas de algunas de las listas sin reposición por parte de los fiscales partidarios”.